Contrato de Formación 2021 2022

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN

  1. Speak Speak Institute, SLU (en adelante SSI) con sede social en Calle Sauces 1 de Alcorcón (Madrid) y CIF.: B 84 262 989. SSI comercializa todos sus planes formativos bajo la marcas comerciales iGellert e Instituto Gellert.
  2. SSI declara conocer las normas reguladoras de los Códigos de Buenas Prácticas, contenidas en el Decreto 152/2001, de 13 de Septiembre por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 11/1998, de 9 de Julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid y en la Orden 9665/2002, de 29 de octubre, por la que se regula la concesión del símbolo “Buenas Prácticas” en materia de protección al consumidor.
  3. El alumno con la firma de este documento declara conocer y aceptar el contenido del curso, las materias y seminarios que lo componen.  En el caso de alumnos menores de edad, el contrato debe ir firmado por el representante legal (padres, tutor).
  4. Durante el curso se realizarán pruebas teóricas y prácticas con el fin de determinar el nivel del alumno/a. En caso de no superar las pruebas de nivel no podrá realizar ningún examen oficial (Cambridge, Trinity, etc…). Las tasas de examen no están incluidas ni en las mensualidades, ni en la matrícula.
  5. La cuota de inscripción tiene validez para un curso académico, salvo que el alumno cause baja durante uno o varios meses. En este caso, el alumno deberá abonar nuevamente la cuota de inscripción.
  6. El precio del curso incluye: clases teóricas y prácticas, tutorías, seminarios, aulario, así como todo el material pedagógico necesario para el desarrollo de las clases. Excepto libros de texto.
  7. Las mensualidades serán abonadas por anticipado del 1 al 5 de cada mes. El incumplimiento de este punto supondrá la baja automática del alumno.
  8. Las alteraciones en el horario deberán comunicarse cinco días antes de finalizar el mes anterior al cual han de empezar a regir. No obstante, SSI podrá variar el horario y lugar de impartición del curso sin previo aviso, si sus necesidades así lo demandan.
  9. NO SE DEVOLVERÁ CANTIDAD ALGUNA, una vez satisfecha por el alumno, por ningún motivo ajeno a SSI.
  10. El alumno que desee causar baja, deberá comunicarlo a la Secretaría de SSI con 10 días hábiles de antelación a la finalización del mes. A falta de dicha comunicación, TENDRA LA OBLIGACIÓN DE ABONAR LA MENSUALIDAD SIGUIENTE.
  11. El centro se reserva el derecho a cancelar la matrícula de aquellos alumnos cuya conducta o rendimiento afecte desfavorablemente el desarrollo normal de las actividades de SSI o a sus alumnos.
  12. La responsabilidad y dirección administrativa de la programación de los cursos es exclusiva de SSI, reservándose éste el derecho a nombrar los profesores y/o monitores cualificados que impartirán cada programa o curso.
  13. SSI no se hace responsable de ningún extravío, pérdida o deterioro de objeto alguno acaecido en sus instalaciones.
  14. No se admitirá ninguna otra norma general de obligado cumplimiento salvo pacto expreso debidamente firmado por ambas partes.
  15. Los planes de Formación Grupales estarán formados por un mínimo de 4 personas, el centro se reserva el derecho de cancelar lo/s grupo/s donde no exista un número suficiente de alumnos (al menos 4 alumnos). Estos seguirán el calendario escolar de la Comunidad de Madrid, publicado en www.madrid.org. 
  16. Planes de Formación Individuales (One to One). Podrán cancelarse las clases comunicándolo con al menos 48 horas de antelación. Este comunicado siempre se hará enviado un mail a alumnos@institutogellert.com o personándose en la secretaría del centro. En cualquier caso nunca se podrá hacer esta gestión a través del profesorado. Las sesiones se recuperarán fuera del horario contratado, a lo largo del curso escolar en función de la disponibilidad que tenga el profesor. 

    Los meses con más clases compensarán a los que tengan menos, realizándose una liquidación, coincidiendo con los trimestres fiscales. Siendo descontada la cuota resultante de la siguiente mensualidad, si es a favor del alumno o incrementando la cuota en caso inverso. 

    Las clases que forman una cuota mensual, no pueden ser distribuidas en varios meses, han de ser impartidas en dicho mes o recuperadas fuera del horario lectivo, junto con las del mes corriente. En el supuesto de que alumno no pueda dar todas las sesiones de un mes, y siempre que se haya comunicado con al menos 48 horas de antelación, estas clases se facturarán como clases individuales conforme a la tarifa vigente, visible en el tablón de anuncios de la escuela.
  1. En caso de que  las clases no puedan desarrollarse con normalidad durante el período escolar  por  estado de alarma o causas de fuerza mayor,  estas se desarrollarán en REMOTO. Desde casa ,para todos los alumnos, con independencia de edad, curso y nivel. Para ello se requiere una tablet u ordenador con conexión a internet. Durante el periodo on-line el precio seguiría siendo el mismo.
  2. SSI responsable del TRATAMIENTO DE DATOS facilitados con el fin de prestarles el servicio solicitado y realizar la facturación del mismo. Los datos proporcionados se conservarán mientras se mantenga la relación comercial o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en que exista una obligación legal. Usted tiene derecho a obtener confirmación sobre si en SSI estamos tratando sus datos personales por tanto tiene derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos o solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios. Asimismo solicito su autorización para ofrecerle productos y servicios relacionados con los solicitados y fidelizarle como cliente.

□ SI

□ NO

  1. El alumno/tutor consiente que las imágenes de su persona/tutorando que se desarrollen durante el curso podrán ser objeto de publicación en la APP y grupos de comunicación del grupo. Pediremos consentimiento expreso cuando se publiquen en web, revistas, folletos, etc. Esta autorización será revocable en cualquier momento, incluido el momento de la inscripción del alumno, y en el caso de ser menor de edad, por su padre, madre o tutor legal.
  2. Para todas las cuestiones que pudieran derivarse de la interpretación y aplicación del presente contrato, las partes se someten expresamente al arbitraje de derecho privado ejercido por quien haya designado la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Madrid, mediante arbitraje de derecho, según sus propias normas de funcionamiento y lo dispuesto en la ley 36/1988 de 5 de Diciembre, con renuncia a su fuero propio, comprometiéndose al cumplimiento del laudo que finalmente fuera dictado.
  3. Subsidiariamente, las partes se someten en su caso a los Juzgados y Tribunales de Alcorcón, con renuncia a su propio fuero.

El alumno

Eltutor Speak Speak Institute SLU